lunes, 15 de abril de 2013


¿QUE  ES EL ALBACEA?



El albacea es el administrador temporal de los bienes de la sucesión, cuyas funciones principales son la de vigilar que se cumpla con el testamento, se haga el inventario de los bienes y se reparta todo conforme a la voluntad del testador; su cargo termina tan pronto como se le entregue a cada heredero lo que le correspondió conforme al testamento. Es conveniente designar albacea y albacea substituto, en todos los casos aun cuando los herederos sean mayores de edad. Puede ser albacea cualquier persona mayor de edad, aunque también sea heredero. Debe ser persona de confianza del testador.

Es conveniente nombrar a un tutor y a su substituto, cuando los herederos son menores de edad y no tengan padre y madre, pues si vive alguno de ellos, serán estos los que velarán por los intereses de su hijo. El cargo de tutor dura todo el tiempo que el heredero sea menor de edad, o sea, hasta que cumpla 18 años. Una misma persona puede ser tutor de varios menores; también debe ser de confianza y mayor de edad. No puede ser tutor el mismo albacea, pues el tutor, como representante del heredero menor de edad, debe estar al cuidado de que el albacea cumpla su cometido y administre correctamente los bienes del menor, hasta que este cumpla los 18 años.




¿Tienes Alguna Duda?                    



 Comunícate para una asistencia personalizada 

Asistencia Legal.   01-800-111-8111.                                                                
                                                                                                                                                                                                             Por Lic. Erika Baltazar Araiza

No hay comentarios:

Publicar un comentario