¿QUE ES EL ALBACEA?
Es conveniente nombrar a
un tutor y a su substituto, cuando los herederos son menores de edad y no
tengan padre y madre, pues si vive alguno de ellos, serán estos los que velarán
por los intereses de su hijo. El cargo de tutor dura todo el tiempo que el
heredero sea menor de edad, o sea, hasta que cumpla 18 años. Una misma persona
puede ser tutor de varios menores; también debe ser de confianza y mayor de
edad. No puede ser tutor el mismo albacea, pues el tutor, como representante
del heredero menor de edad, debe estar al cuidado de que el albacea cumpla su
cometido y administre correctamente los bienes del menor, hasta que este cumpla
los 18 años.
Asistencia Legal. 01-800-111-8111.
Por Lic. Erika Baltazar Araiza
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