lunes, 29 de julio de 2013

Los Intervalos


En general, los tiempos compartidos se venden por semanas o “intervalos”. Existen las siguientes modalidades:
Tiempo fijo. Se compra el espacio para usarlo durante una semana específica al año.
Tiempo flotante. Se ejerce el derecho de uso en una temporada determinada del año. La primera confirmación es la de la primera persona en hacer la reservación.
Semana dividida. Se puede dividir la semana que le corresponde en dos o tres periodos para usarlos en fechas distintas. Esta es una buena opción para periodos vacacionales cortos.
Clubes vacacionales o programas de puntos. Se compra cierta cantidad de puntos y se intercambian por el derecho a usar el espacio o unidad. Los puntos están en función del tamaño de la unidad, la ubicación del desarrollo vacacional, duración de la estancia y temporada en que desee usarla.
Uso bianual. Se puede hacer uso del tiempo compartido cada dos años.



Tenga cuidado

Las regulaciones mexicanas prohíben el ofrecimiento de obsequios, certificados vacacionales gratuitos o cualquier otra estrategia de promoción sin que se informe al consumidor el propósito específico de dicho ofrecimiento.
Desconfíe de cualquier vendedor que aproveche su estancia en algún destino turístico para invitarlo aun desayuno o una estancia gratuita en algún desarrollo, sin decirle claramente que la intención es venderle un tiempo compartido.
 Desconfíe también si se le ofrece un desarrollo a  través de un simple folleto: exija conocer las características físicas del desarrollo.
 Un vendedor honesto siempre le proporcionará toda la información que usted necesite, lo invitará a conocer el espacio y las oficinas del desarrollador, resolverá todas sus dudas y pondrá por escrito todas sus promesas.


Sí se puede cancelar

Por ley, usted  dispone de cinco días hábiles para cancelar el contrato una vez firmado. Si decide cancelar la compra en este periodo, notifíquelo al proveedor vía correo electrónico y correo certificado. Guarde el comprobante como evidencia de que la cancelación ocurrió a tiempo. De esta forma, en el transcurso de 15 días hábiles debe recibir el reembolso de todo lo que pagó, sin penalización alguna por la cancelación.
Si el desarrollador se niega a reembolsarle la cantidad, o argumenta que usted renunció a este derecho en cuanto firmó el contrato, presente su queja en la delegación Profeco que le corresponde.
Tienes alguna duda comunícate…
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01-800-111-8111.
Lic. Erika Baltazar Araiza

lunes, 22 de julio de 2013

Se dona silla de ruedas a joven con parálisis cerebral
Viernes 5 de julio del 2013. Guadalajara, Jalisco.

Solo en prueba de fuego se verifica la calidad del acero, decía aquel viejo adagio. La fortaleza para sostener la vida de la mejor forma posible aun a costa de las mayores dificultades hace de las personas verdaderas dueñas de su camino. 
Aldo Jesús es un joven de 27 años que toda su vida a padecido parálisis cerebral de tipo espástica, su capacidad de movimiento es muy pobre, las características de su enfermedad, las cirugías infructuosas y sus dolorosas terapias físicas han hecho que el  simple acto de ponerse en pie sea un esfuerzo doloroso. La falta de movimiento le ha privado de la oportunidad de realizar aquellas cosas que por lo general damos por hecho y que el anhela con gran fuerza poder realizar, como salir de su casa,  conocer a nuevas personas y estudiar ya que detrás de su cuerpo frágil y desarticulado, hay un joven lleno de curiosidad y ávido de aprender; la parálisis cerebral no necesariamente conlleva el retraso mental.
Aldo perdió a su madre a la tierna edad de 3 años; es cuidado por su abuela materna y una tía que regularmente los visita. Del padre de Aldo poco se sabe ya que lo abandono poco después de morir su madre.
Esta familia sin embargo se mantiene unida en la voluntad de salir adelante y de sortear las dificultades cotidianas. La vida entre hospitales, centros de rehabilitación  y  la carencia económica que priva a esta familia de los recursos y herramientas necesarios para las necesidades de Aldo Jesús, aún no disminuyen su capacidad para sentirse felices por los pequeños detalles. La movilidad, una función básica e innata esta seriamente disminuida en Aldo, por lo que tiene que ser trasladado en una silla de ruedas; sin embargo su condición no permite que sea cualquier silla; debe de ser una con las adaptaciones personalizadas.

Es por esto que a modo de aligerar su carga y apoyar a su familia y en un esfuerzo de EASY VALE por ejercer una labor social hacia alguna persona que realmente lo requiere, el pasado viernes 5 de julio se realizo la entrega de una silla de ruedas especial con funciones especificas para pacientes con parálisis cerebral, dando sostén, versatilidad y seguridad a sus traslados. Seguiremos de cerca el caso de Aldo Jesús.

Asistencia Legal.   01-800-111-8111.                          Por Lic. Erika Baltazar Araiza













miércoles, 17 de julio de 2013


¿Qué es un  tiempo compartido?

Cuando usted compra un tiempo compartido, el desarrollador (la empresa que presta el servicio) mantiene la propiedad, así que legalmente un tiempo compartido no es una compra de bienes raíces: usted sólo compra el derecho de usar anualmente este espacio o unidad para cierto número de personas, un número determinado de semanas y durante un periodo de 5 a 50 años. En la mayoría de los casos, usted debe pagar un monto inicial de compra y cuotas periódicas de mantenimiento, que por lo general aumentan año con año. Si desea vender o rentar su derecho a usar el espacio, debe solicitar la aprobación del desarrollador, y es probable que el valor de reventa sea menor de lo que usted pagó inicialmente. Por ello, un tiempo compartido no es una inversión, sólo es una opción vacacional.




¿Sabes cómo  Funciona un tiempo  compartido?

En lugar de comprar una propiedad, el tiempo compartido permite disfrutar de un inmueble durante el periodo del año previamente acordado. Dicho periodo consiste normalmente en una semana concreta del año, aunque puede establecerse de forma diferente según contrato. Algunos tiempos compartidos otorgan el derecho sobre diferentes complejos vacacionales, o resorts, pertenecientes a la misma compañía.

Por lo general, los beneficiarios de un régimen de tiempo compartido, en base a los derechos de uso que ostentan, pueden elegir disfrutar del inmueble durante el periodo prescrito o transferirlo a terceros a cambio de una compensación económica, o simplemente como una donación. Además, el tiempo compartido puede permitir el intercambio con otros beneficiarios, ya sea de manera directa o a través de distintas agencias de intercambio.



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jueves, 11 de julio de 2013

TUS DERECHOS AL VIAJAR EN AUTOBÚS




Tarifas.- Los precios y horarios de las principales corridas y categorías deben exhibirse a la vista del consumidor con caracteres legibles. Las tarifas de las corridas especiales tienen que estar disponibles al público. Una vez efectuada la compra, el proveedor deberá entregarle un boleto que contenga razón social, clase de servicio, origen, destino, precio, fecha de viaje y número de asiento.

 Descuentos.- Las compañías de autotransporte para pasajeros tienen la obligación de aplicar los siguientes descuentos: 50 por ciento a los adultos mayores, 25 y 50 por ciento a dos maestros y ocho estudiantes por autobús, en las tarifas de corridas regulares de primera y económicos, así como durante las vacaciones aprobadas por la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Viaje seguro.- Toda compañía de autotransporte federal de pasajeros tiene la obligación de contar con un seguro que cubra los daños que puedan sufrir los pasajeros, el cual debe amparar gastos médicos y la indemnización por muerte en caso de accidentes. Además, debe responder por la pérdida o daños que sufra el equipaje, desde que se aborda hasta que se desciende del vehículo, siempre y cuando se conserve el boleto o comprobante del equipaje.

Cuando sí se vale el no.- Se podrá prohibir el abordaje a cualquier pasajero que se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o enervantes, que porte explosivos, sustancias peligrosas, armas sin permiso y en general, cualquier otro elemento que constituya un riesgo para los demás viajeros.

"Soy una persona con discapacidad”.- ¿Pueden negarme el servicio o cobrarme de más?". De ninguna manera se negará el servicio o cobro de más. Tampoco pueden hacer ningún cargo extra en el servicio por el uso de aparatos ortopédicos, tecnológicos, educativos o deportivos necesarios para el uso personal. Incluso, los invidentes pueden viajar con un perro guía sin tener que pagar cuota especial.



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Lic. Erika Baltazar Araiza

miércoles, 3 de julio de 2013

Tus Derechos Al Viajar En Avión




1.- Si por un contratiempo aterrizas en otro lugar no previsto en el  itinerario, la línea aérea está  obligada a llevarte hasta tu destino.
2.-Es obligación de las aerolíneas contratar y tener vigente un seguro que cubra daños a pasajeros, equipaje y a terceros.
3.-Si destruyen, pierden o dañan tú equipaje de mano deberán indemnizarte con 40 salarios mínimos vigentes en el DF, y con 75 salarios mínimos para el equipaje documentado.
4.-Puedes viajar con un infante menor de dos años a tu cuidado, sin pagar tarifa de ninguna clase, pero no tendrá derecho a asiento.
5.-Si se sobrevende o cancela el vuelo, tienes tres opciones para elegir:
a) Transporte en el primer vuelo disponible, así como comunicación telefónica al lugar de destino, alimentos y, de ser necesario, hospedaje. Todo sin cargo extra.
b) Transporte para una fecha posterior.
c) Reembolso total del precio del boleto.
En las dos últimas opciones, la línea aérea debe indemnizarte, mínimo, con el 25% más del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
6.-Estás en tu derecho de llevar contigo hasta dos piezas de equipaje de mano a bordo.

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