RECUERDA QUE
Para finalizar el año y empezar nuestras fiestas
navideñas, siempre estamos en espera de nuestro aguinaldo, es
decir, una gratificación obligatoria que las empresas dan a sus trabajadores
año con año de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
En base al artículo 87 el aguinaldo mínimo deberá ser equivalente a 15
días de sueldo base y este deberá proporcionar antes del 20 de diciembre de
cada año.
A su vez, la ley indica que los trabajadores que por
cualquier circunstancia no efectúen sus labores durante el año, tienen derecho
al pago de la parte proporcional del aguinaldo en función del tiempo trabajado.
Cabe destacar que la ley no especifica si el tiempo trabajado debe registrarse
por días, semanas o meses completos.
Por lo general, para determinar el aguinaldo se toma
en cuenta el último sueldo base que percibe el trabajador.
01-800-111-8111.
Lic. Erika Baltazar Araiza
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