¿CUANTO CUESTA HEREDAR UN INMUEBLE?
Aceptar una herencia relacionada a bienes
inmuebles requiere de varios trámites desde el pago de los impuestos correspondientes hasta tener en tus manos los papeles que
te avalan como nuevo propietario.
1. Existe testamento y el inmueble no tiene deudas
Es el panorama ideal pues la existencia del testamento evitará que tengas que hacer gastos extra por juicio
sucesorio u honorarios de un abogado que te asesore. En este caso solo deberás
cubrir los impuestos de traslado de dominio y derechos de Registro Público de
la Propiedad, además de los honorarios del notario. Esto equivale en conjunto
entre el 4 y 8% sobre el avalúo del inmueble.
Por ejemplo, si la casa que heredaste está valuada en 3
millones de pesos, el 5% serían $150,000 pesos, este monto cubriría ambos
impuestos y los honorarios del notario.
2. La persona falleció y no dejó testamento
Sin herencia el dueño de la propiedad sigue siendo el
difunto. Para hacer el cambio se recurre a un juicio sucesorio, esto representa
un desembolso que va desde $15,000 pesos por avalúo y notificaciones. El
proceso tarda entre 12 y 18 meses. Una vez que termine, deberás pagar los
impuestos mencionados en el primer punto.
3. No hay testamento y el inmueble tiene deudas
Estos adeudos pueden ser por servicios como agua, luz o
predial. Debes saber que los acreedores pueden requerir el pago por vía
judicial, mismo que recibirán hasta donde alcance el monto que cubre el valor
de la propiedad. Si la persona que heredó desea quedarse con la propiedad,
deberá cubrir las deudas y realizar los trámites de los pasos uno y dos.
4. Inmueble con deudas que sobrepasan su valor
Si el inmueble tiene problemas financieros y no los
puedes cubrir o son mayores al valor de la propiedad, puedes dimitir, es decir,
renunciar a la herencia. Esta opción se conoce como herencia a beneficio del
inventario. El proceso se realiza mediante un juicio sucesorio. Los gastos y
costos se calculan con base al valor del inmueble y van entre 4 y 10% en
la Ciudad de México y hasta 8% en el resto del país.
5. Si la hipoteca no está liquidada
Por lo general las hipotecas cuentan con un seguro de
vida que en caso de fallecimiento cubre el saldo insoluto del crédito. La
cobertura cambia según la aseguradora así que deberás conocer las condiciones.
Cuando se firman las escrituras originales, existen cláusulas para autorizar
este tipo de póliza que permite transferir la propiedad libre del gravamen en
caso de fallecimiento del acreditado.
Como beneficiario, deberás dar aviso a la institución y
presentar el acta de defunción. También se manda una petición al Registro
Público para liberar la hipoteca y transferir la propiedad a quien estipuló el
titular.
El seguro es válido, siempre y cuando la muerte del
titular o co-titular es resultado de un padecimiento no diagnosticado al momento
de contratar un financiamiento.
Como en los puntos anteriores, los costos se calculan con
base al valor del inmueble, entre un 4 y un 8% y los paga el heredero.
6. Herencia en vida o donación en vida
Esto no significa que de un día para otro el propietario
se quedará sin nada. Puede hacer una escritura de Usufructo Vitalicio y Nuda
Propiedad, lo que quiere decir que en vida seguirá administrando su propiedad y
que hasta el momento que muera, los herederos se convertirán en propietarios.
Tiene la ventaja de que te evitarás juicios sucesorios
posteriores pero, a su vez, este documento puede ser revocado si el testador
(el que hereda) tuviera necesidad de utilizar sus bienes o existiera ingratitud
de los herederos. El desembolso por una donación en vida es entre 4 y 8%
sobre el valor del inmueble.
No dejes el testamento para después
El tipo de testamento más común, práctico y seguro, es el
público abierto, que se hace frente al notario y donde éste guarda el documento
hasta el fallecimiento de la persona.
El proceso se puede tramitar desde los 16 años de edad y
la persona debe estar asesorada por un notario público certificado.
Los requisitos son simples: solo se tiene que acudir a la
notaría de preferencia, llevar identificación, manifestar a quién o quiénes se
les quiere dejar los bienes y pagar los honorarios del notario.
Piensa en tus herederos
Cuando heredas una propiedad a varias personas, éstas se
vuelven copropietarias, para evitar futuras disputas, lo recomendable es
determinar el porcentaje de la propiedad que le corresponde a cada quien.
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Por Lic. Erika Baltazar Araiza