CONSIGNACIÓN DE PAGO CIVIL ¿SABES QUÉ ES?
Juicio mediante el cual el
acreedor se rehúsa a recibir el pago, dar el documento justificativo de pago o
cuando es una persona incierta o incapaz de recibirlo.
Ante quien se realiza.- el
juzgado civil, si el acreedor fuera desconocido se citará mediante el periódico de mayor circulación.
Cómo se va a llevar el
pago.- Debe hacerse exhibiendo certificado de
depósito que expida la Secretaría de
Finanzas del Estado.
Un ejemplo de ello es en materia de arrendamiento de un
inmueble: es cuando el arrendador no quiere recibir el dinero o bien no quiere
dar comprobante de pago, y después pretenda
demandarnos por incumplimiento de contrato para que esto no pase se
puede realizar la consignación de pago.
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Lic. Erika Baltazar Araiza
Fuente:
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco