DIFERENCIA
ENTRE LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO
Es común que cuando
estamos desempeñando un trabajo, se llega a
comentar entre compañeros cuáles son las obligaciones que debe cumplir el
patrón al momento en que se despida a alguno de ellos o en caso de que algunos
presentemos la renuncia del trabajo.
Algunos más otros menos, pero todos tenemos la idea clara de que
se debe recibir alguna cantidad de dinero por el trabajo desempeñado; sin
embargo, lo cierto es que la gran mayoría de trabajadores desconocemos por
completo cómo se debe realizar una liquidación para determinar correctamente y
en forma simple la cantidad que corresponde recibir en términos de la Ley
Federal del Trabajo.
• Para entender un poco mejor ambos conceptos es relevante saber que una liquidación se define como la operación mediante
la cual se detallan, ordenan y pagan cuentas después de haber determinado su
monto en modo definitivo.
• Por otra parte,
finiquito es el pago final que recibe une empleado por parte de la compañía
donde trabajaba, una vez que ha dejado de hacerlo.
Para establecer una diferencia clara entre una y otra, se puede
entender que para que proceda una liquidación debe existir un despido y para
que se dé un finiquito es necesario que se presente una renuncia, lo anterior
supone indispensable saber también que existen dos tipos de extinción de la
relación laboral: la terminación y la recisión.
La recisión es el
derecho que la ley otorga a los trabajadores o a los patrones de invalidar en forma
justificada la relación de trabajo, siempre y cuando se haga valer algunas de
las causas que marca la ley. La terminación es la disolución de la relación laboral producida por cualquier causa distinta
a la recisión, desapareciendo la obligación de prestar el servicio personal
subordinado y el pago del salario y además obligaciones.
También es muy sabido
que muchas personas prestan sus servicios en condiciones inferiores a las que
señala la ley y llevan varios años en dicha situación. Mientras ellos no hagan
nada, su circunstancia no cambiará, pero si decide acudir ante la Junta
de Conciliación y Arbitraje para
reclamar lo que conforme a la ley le corresponda puede obtener una resolución
que le favorezca y se le otorgue lo justo puesto que aun cuando el patrón
argumente que el trabajador siempre aceptó condiciones inferiores de trabajo a
las establecidas en la ley, es importantísimo que sepas que estos derechos son
irrenunciables y que las condiciones de trabajo en ningún caso deberán ser
inferiores a las fijas en la propia ley.
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Por Lic. Erika Baltazar Araiza